lunes, 27 de septiembre de 2010

Resolución General (Insp. Gral. Justicia) 3/2010

A través de esta resolución el Inspector General de Justicia establece:

1 - La obligación que la presentación de la declaración jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales se hará en 3 etapas con plazos diferenciados.

2 - Etapas y plazos: a) Desde el lunes 4 de octubre hasta el viernes 17 de diciembre del corriente año, las sociedades comerciales deberán confeccionar y enviar via web el aplicativo “Declaración Jurada Resolución 1/2010”.
b) A partir del lunes 7 de febrero de 2011 las entidades mencionadas deberán solicitar on line un turno para la presentación en soporte papel de la Declaración Jurada ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
c) En la fecha que corresponda de acuerdo al turno solicitado se perfeccionará la obligación con la concurrencia ante el Organismo con la documentación mencionada.

3 - Todo lo relativo al aplicativo como la solicitud del turno deberá realizarse únicamente desde la web oficial del organismo www.jus.gov.ar/igj.

4 - En el aplicativo se deberán consignar los datos requeridos por la Resolución General Nº 1/2010, como así también los datos relativos al pago del formulario pertinente.

5 - El incumplimiento de algunas de las etapas que prescribe la presente, impondrá las sanciones prescriptas por la Resolución General Nº 1/2010.

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